Alcance de las responsabilidades laborales en caso de contratas y subcontratas: las obligaciones salariales y las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Trabajo y empresa
DOI:
https://doi.org/10.36151/TYE.2022.004Palabras clave:
responsabilidad solidaria, salario, riesgos laborales, solidaridad impropia, propia actividad, prestaciones extrasalariales, deber de vigilanciaResumen
En materia de contratas y subcontratas de obras y servicios, el ordenamiento jurídico laboral establece un sistema de responsabilidades solidarias o subsidiarias cuyo objetivo final es garantizar la efectividad de los derechos de los trabajadores. Al análisis de la responsabilidad solidaria del empresario principal de las obligaciones de naturaleza salarial contraídas por las contratistas y subcontratistas con los trabajadores a su servicio, y las responsabilidades administrativas, así como, en su caso, responsabilidades penales y civiles por los daños y perjuicios que
puedan derivarse del incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, se dedica este estudio.
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Derechos de autor 2022 Trabajo y Empresa. Revista de Derecho del Trabajo
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